Alquileres
Decreto 320/2020 publicado en boletín oficial el 29/03/2020.
Congelamiento alquileres: NO SE PODRA AUMENTAR EL VALOR DE LOS ALQUILERES INCLUSO SI ESTABA PACTADO EN EL CONTRATO, HASTA EL 30/09/2020
SUSPENSION DE DESALOJOS: se suspenden las sentencias de desalojos, es decir, se puede iniciar el proceso de desalojo, continuar el proceso, pero en caso que la sentencia decrete el lanzamiento del ocupante, No podrá efectivizarse “sacarlo del inmueble” hasta dicha fecha.
No se podrán aplicar los intereses punitorios pactados en el contrato en los casos de pagos fuera de término, solo se podrán aplicar los intereses compensatorios.
Toda deuda que contraiga la parte locataria por Todo pago no realizado, fuera de término o pago parcial se deberá cobrar con la posibilidad de 3 a 6 cuotas Y APLICANDO EL INTERES COMPENSATORIO (tasa de interés para plazos fijos en pesos a 30 días que paga el Bco. de la Nación Argentina.
Se deberá prorrogar la vigencia de los contratos hasta el 30/09/2020 de aquellos cuyos vencimientos operaron desde el 20/03/2020 hasta el 30/09/2020.
La fianza de dichos contratos también subsistirá hasta dicho plazo.
Contratos alcanzados por el decreto 320/2020 (art. 9)
Excepción (Art. 10)